Naturaleza sancionadora del derecho
Relación entre el derecho y la moral:
La moral proviene de la razón (inteligencia,
entendimiento) y persigue el bien individual por medio de la práctica de las
virtudes. El derecho se deriva tanto de la razón como de la experiencia y su
finalidad persigue alcanzar el bien colectivo.
La moral ocupa un lugar
intermedio entre la religión y el derecho en cuanto que persiguen regular el
comportamiento de las personas. La relación entre la moral y el derecho es
bastante profunda, en vista de que todas las normas jurídicas son morales, pero
no todas las normas morales son jurídicas.
La norma moral y la norma
jurídica tienen en común el aspecto regulador de la actividad humana. Ambas
normas trazan pautas de comportamientos a los individuos, buscando la
perfección y el bienestar.
Diferencias entre las normas jurídicas y las normas morales
a. La norma moral es unilateral y
la norma jurídica es bilateral. Esta unilateralidad de la norma moral viene
representada en la sola voluntad que incide en la razón del individuo para
obtener un determinado comportamiento. El sujeto a quien obliga la norma moral
no está atado a otra persona autorizada para exigir el cumplimiento de su deber
moral en la sociedad.
b. Las normas morales sólo
originan un deber unilateral para el sujeto; mientras las normas jurídicas
otorgan, además, un derecho o facultad a otra persona para exigir el
cumplimiento del deber jurídico. Las normas morales tienen un carácter
subjetivo, las normas jurídicas son objetivas.
c. El cumplimiento de la norma
moral es espontáneo y el de la norma jurídica es forzoso.
d. La norma moral es autónoma,
mientras que la norma jurídica es heterónoma, es decir que la voluntad del sujeto se encuentra
constreñida por una voluntad ajena (el legislador) y superior a la suya.
e. La norma jurídica es coercible, El derecho siempre tiene respaldo de una norma legal, y en el
momento que no se cumpla, el estado tiene la facultad para hacerlo cumplir a
través de la fuerza.
f. La norma moral es incoercible: no se utiliza la fuerza para obligar a
alguien al cumplimiento de algún acto.
Funciones de los principios generales del derecho
Los principios generales del derecho tienen tres funciones básicas:
1. Función creativa. Los principios generales creativos establecen las pautas que deben acatarse en la elaboración, modificación y derogación de las normas jurídicas. Esta función inspira y orienta la actividad del órgano constituyente, legislativo, ejecutivo y jurisdiccional. Con la función creativa, los principios se incorporan al ordenamiento jurídico por medio de la actividad legislativa, ejecutiva y jurisdiccional, es decir, que ellos van a formar parte de la materia o contenido de los preceptos normativos, quedando con esto convertidos en derecho positivo.
2. Función interpretativa. Los principios generales constituyen criterios de interpretación de las normas jurídicas. Así, por ejemplo, el principio de interpretar los textos de acuerdo con el fin pretendido por las partes; el principio de la interpretación sistemática de un texto, ya sea una ley, ya sea un contrato o un testamento, etc.
3. Función integradora. Los principios generales permiten integrar la norma jurídica en aras de llenar las lagunas o vacíos del derecho legislado, en vista de que el legislador no puede prever todas las peculiaridades, detalles, características o especificidades de los hechos sociales. Como normas de aplicación supletoria, los principios generales del derecho actúan como fuente directa, autónoma y subsidiaria, en defecto, deficiencia u oscuridad de la ley y de la costumbre. En este sentido, el artículo 1.4 del Código Civil español establece: “Los principios generales del derecho se aplicarán en defecto de ley o costumbre, sin perjuicio de su carácter informador del ordenamiento jurídico”.
Seguridad y justicia
¿Qué
diferencia existe entre seguridad jurídica y estabilidad jurídica?
La seguridad jurídica supone la precisión de la regla de derecho aplicable en el tiempo, de manera que el individuo pueda decidir en pleno conocimiento de causa.
En cambio, la estabilidad jurídica es una necesidad que se manifiesta cuando ya la situación está creada, porque el orden jurídico precisa del mantenimiento de lo que está establecido y que en caso de producirse su modificación no afecte la seguridad jurídica en los resultados pasados o concluidos, sin menosprecio de la evolución del derecho que supone también su continuidad.
La estabilidad significa orden, seguridad, y se refleja en la consideración y el respeto al derecho ajeno.
¿Cómo divide el Código Penal las infracciones?
a. “Crímenes y Delitos contra la Cosa Pública”
b. “Crímenes y Delitos contra las Personas”.
La
seguridad proviene de las prohibiciones que son dirigidas al poder y a los
ciudadanos para regirse solamente de las normas existentes para no
alterar los factores de convivencia humana que descansan en el conocimiento
normativo de sus situaciones jurídicas para excluir las posibilidades de la arbitrariedad
o el abuso, de manera que cada uno pueda prever las consecuencias de sus actos
y determinar qué hacer no hacer.
La seguridad jurídica supone la precisión de la regla de derecho aplicable en el tiempo, de manera que el individuo pueda decidir en pleno conocimiento de causa.
En cambio, la estabilidad jurídica es una necesidad que se manifiesta cuando ya la situación está creada, porque el orden jurídico precisa del mantenimiento de lo que está establecido y que en caso de producirse su modificación no afecte la seguridad jurídica en los resultados pasados o concluidos, sin menosprecio de la evolución del derecho que supone también su continuidad.
La estabilidad significa orden, seguridad, y se refleja en la consideración y el respeto al derecho ajeno.
¿Cómo divide el Código Penal las infracciones?
a. “Crímenes y Delitos contra la Cosa Pública”
b. “Crímenes y Delitos contra las Personas”.
¿Desde
dónde proviene la seguridad jurídica?
¿Cuáles son
las tres acciones que el Código de Procedimiento Civil reglamenta sobre la
protección de la posesión?
El Código
de Procedimiento Civil reglamenta la protección de la posesión en base a tres
acciones:
a) la
querella;
b) la
reintegrada; y
c) la
denuncia de obra nueva.
Criterio referencial sobre la evolución de la división del derecho en público y privado
Los romanos consideraban como derecho público
aquel que se relacionaba con la organización de la cosa pública, competencia y
poder de las autoridades; derecho y deberes de los particulares respecto a los
intereses de la comunidad. El derecho privado, en cambio, regulaba las
relaciones entre los particulares, tales
como la familia romana, la propiedad, los contratos, la herencia, etc.
Entre las corrientes que distinguen el derecho
público y privado tenemos:
Corriente romana: que en su origen hace referencia al interés que se presenta en
la relación jurídica.
Corriente
doctrinal.- Esta considera que si el Estado interviene en
la relación jurídica estamos frente al derecho público, mientras que si no
interviene en ella es derecho privado.
Corriente que toma en cuenta el plano
supra-ordenado y el plano subordinado.- Esta posición toman en
consideración dos planos en los que los sujetos de la relación jurídica se
desenvuelven bajo la perspectiva de esos planos.
La distinción entre derecho público y derecho
privado es eminentemente ontológica, es decir, atiende a la naturaleza propia
de las normas jurídicas, bajo la perspectiva de su ontos, o sea, su ser mismo,
su propia naturaleza, con independencia de sus finalidades. Los límites de la división del derecho en
público y privado no son estáticos sino variables, a consecuencia de la
dinamicidad impuesta por las circunstancias de carácter históricas de cada
época.
Aspectos generales del derecho privado
Escriba
las ramas del derecho privado
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Coloque
los aspectos que son objetos de regulación por el derecho internacional
privado
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¿Cuáles
son las tres nociones fundamentales del derecho procesal civil?
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Derecho civil
Derecho comercial
Derecho internacional privado.
Derecho laboral
Derecho procesal civil
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1) Los problemas sobre la aplicación de la ley extranjera;
2) La competencia jurisdiccional;
3) El reconocimiento de ejecución de sentencias extranjeras, entre
otros asuntos
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a) La jurisdicción
b) La acción
c) El proceso.
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Aspectos generales del derecho público
a. Derecho internacional público
constituye el conjunto de normas que
regula la organización y fines del Estado y demás entes públicos, así como las
relaciones jurídicas establecidas entre ellos o con los particulares.
b. Derecho procesal penal es la rama del derecho público regula los
actos ilícitos que constituyen las contravenciones, los delitos y los crímenes,
estableciendo, para cada caso en particular, las penas correspondientes que
debe imponerse al sujeto infractor.
c. Derecho constitucional es la rama del derecho público
constituido por el conjunto de normas y principios jurídicos que regulan los
órganos del Estado e instituciones de la administración pública; el
funcionamiento de los servicios públicos bajo control jurisdiccional y su relación
con los individuos a quien le interesa dichos servicios.
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Los valores de igualdad y fraternidad son
derivados de los grandes movimientos revolucionarios que han repercutido mucho
en el derecho y en la libertad, acompañados con las conquistas sociales,
económicas y culturales.
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El Código de Procedimiento Civil reglamenta
la protección de la posesión en base a tres acciones:
a. Demanda locativa.
b. Demanda en desalojo
c. Demanda en reparación por daños y
perjuicios.
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Se entiende que transcurrido un plazo de
20 años, el poseedor de un inmueble se convierte en propietario aun consciente
de que se ha apropiado de un bien que le pertenece a otra persona.
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Por otro lado, la seguridad de los bienes
tanto de dominio público como privado, se encuentran protegidos por el Código
Penal.
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La teoría del fraude es una concepción tendiente
a evitar la desnaturalización de la norma jurídica y también que la letra de
las instituciones sea utilizada en detrimento de su espíritu.
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La simulación no siempre es acompañada de
fraude.
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Tanto la prescripción adquisitiva como la
extintiva tienen su fundamento en la estabilidad jurídica.
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La seguridad proviene de las prohibiciones
que son dirigidas al poder y a los ciudadanos para regirse solamente de las
normas existentes.
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Para la teoría idealista o espiritualista, la regla de derecho
tiene su fundamento en la justicia. La
autoridad que debe hacer cumplir la regla de derecho, además de procurar
seguridad, debe garantizar que se aplique dentro del marco de la justicia.
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A la teoría materialista o positivista no le interesa saber si la
regla de derecho es justa o injusta, sino que la misma debe ser respetada
porque es regla.
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La teoría teocrática sostiene que el derecho viene dado por un mandato
de la divinidad y que lo justo es lo querido por Dios, y en consecuencia no es
posible discutir las leyes ni la autoridad de los gobernantes, cuyo poder
deriva también de Dios.
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La teoría del fraude es una concepción tendiente a evitar la
desnaturalización de la norma jurídica y también que la letra de las
instituciones sea utilizada en detrimento de su espíritu.
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La regla de derecho está destinada principalmente a organizar el
funcionamiento de la sociedad.
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La moral proviene de la razón (inteligencia, entendimiento) y
persigue el bien individual por medio de la práctica de las virtudes.
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El Derecho Procesal Civil regula el modo de dirigirse a los órganos
jurisdiccionales a fin de que se resuelva un conflicto, así como el
procedimiento que deben seguir las partes en conflicto (demandante y demandado)
y los jueces, hasta la conclusión del proceso.
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La acción es la figura jurídica que se define como el poder que
tienen los particulares para reclamar la intervención de los órganos jurisdiccionales
(tribunales) decida y emita una sentencia.
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El Derecho Privado comprende de un conjunto de normas juridicas y
principios que tiene por objetivo el de regular las relaciones entre los
sujetos cuando estos actúan de forma particular y sin estar sometidos al poder jurídico.
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El Derecho Público constituye el conjunto de normas que regula la organización
y fines del Estado y demás entes públicos, asi como las relaciones juridicas
establecidas entre ellos o con los particulares.
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La jurisdicción es la potestad o atribución que tienen los
tribunales del Estado para desarrollar su actividad jurisdiccional.
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El proceso es la figura jurídica que hace referencia a una serie o
sucesión de actos mediante los cuales se llega a decidir por los órganos jurisdiccionales
del Estado, sobre una o varias pretensiones, que sujetándose en el ordenamiento
jurídico.
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El Derecho Internacional Privado tiene como objetivo determinar cuál
es la jurisdicción competente o la ley aplicable en caso de la ocurrencia
simultanea de dos o más jurisdicciones o de dos o más leyes en el espacio, que
reclaman su observancia.
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Las actividades comerciales no solo aquellas relativas al comercio
en sentido económico, sino también todas las que, siendo inherentes a la satisfacción
de las necesidades del mercado en general, cumplan una función de intermediación
lucrativa.
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La parte relativa al contrato de trabajo pertenece al derecho
privado, mientras que la intervención del Estado para tutelar los derechos del
trabajador pertenece al derecho público.