Préstamo con garantía de prenda sin desapoderamiento

PRÉSTAMO CON GARANTÍA DE PRENDA SIN DESAPODERAMIENTO


ENTRE, de una parte, _____________ , estado civil _____________, profesión u oficio _____, portador de la cédula de identidad y electoral No. _________, domiciliado y residente en _________ de esta ciudad de _____, a quien en lo sucesivo de este contrato se llamará por su nombre completo o como LA PRIMERA PARTE y, de la otra parte, _____________, de nacionalidad _____________, de profesión y oficio_____________,  estado civil _________, portador de la cédula de identidad y electoral No. _____, domiciliado y residente en _________ de esta ciudad de _____________, a quien en lo sucesivo de este contrato se llamará por su nombre completo o como LA SEGUNDA PARTE.

HAN CONVENIDO Y PACTADO LO SIGUIENTE:

PRIMERO: LA PRIMERA PARTE, otorga a favor de LA SEGUNDA PARTE, quien acepta, un préstamo para la adquisición de un vehículo de motor por la suma de _________________, moneda de curso legal, bajo los términos y condiciones estipulados en el presente contrato.

SEGUNDO: LA SEGUNDA PARTE se compromete y obliga solidariamente frente a LA PRIMERA PARTE a pagar dicho préstamo, en un plazo de _____________ meses de la siguiente manera: _____________ cuotas iguales, fijas, mensuales, y consecutivas por la suma de _____________ pagaderas a partir del día _____________, hasta el término del presente contrato que será el día _____.

PARRAFO I: Estas cuotas son contentivas de capital e intereses a razón del _________ por ciento ( _____ %) anual y comisiones del préstamo a razón de un _________ por ciento (_____ %) anual y serán pagadas por LA SEGUNDA PARTE, en el asiento social de LA PRIMERA. LA SEGUNDA PARTE reconoce que estas tasas de interés y comisiones han sido pactadas conforme a las leyes y resoluciones de la Junta Monetaria Vigentes, por lo que expresamente renuncian y desisten discutir la validez o el monto de las mismas. Las tasas de interés y comisiones citados anteriormente, están sujetas a revisión periódicamente por parte de LA PRIMERA PARTE.

PARRAFO II: El monto total de la suma prestada mediante el presente contrato estará representado por un pagaré del mismo monto librado por LA SEGUNDA PARTE a favor de LA PRIMERA PARTE.

TERCERO: Para seguridad y garantía del pago de la suma prestada, LA SEGUNDA PARTE consiente en gravar con una prenda sin desapoderamiento a favor de LA PRIMERA PARTE, con arreglo a las disposiciones de la ley Sobre Fomento Agrícola No. 6186, de fecha 12 de febrero de 1963, el vehículo que se describe a continuación: _________________.

PARRAFO: él termino de este contrato de prenda sin desapoderamiento ha sido convenido hasta el saldo total de la deuda, en principal, intereses, comisiones, cargos y gastos, el cual tendrá lugar el día _____; sin embargo, queda expresamente convenido entre las partes que la prenda sin desapoderamiento que anteriormente se enuncia, cubrirá y estará en vigor mientras LA SEGUNDA PARTE deba cualquier suma por concepto del presente contrato, o algún documento que sea consecuencia o se relacione con éste.

CUARTO: LA SEGUNDA PARTE declara, bajo la fe del juramento, que la descripción del vehículo dado en prenda es correcta y exacta, y el valor que se le atribuye al mismo es real y que dicho vehículo es de su propiedad y que se encuentra libre de toda carga o gravamen.

PARRAFO: La pérdida, la destrucción total o parcial, la existencia de vicios ocultos, la ejecución de cargas o gravámenes no declarados o cualquier circunstancia que haga desaparecer o disminuir el valor del vehículo dado en prenda o el derecho de propiedad que sobre éste tiene LA SEGUNDA PARTE, hace exigible inmediatamente el pago total del saldo insoluto de la suma prestada mediante el presente contrato, pudiendo LA PRIMERA PARTE, en caso de incumplimiento, perseguir todos los bienes presentes o futuros de la SEGUNDA PARTE, sin que esto signifique en modo alguno renuncia por parte de LA PRIMERA PARTE de las acciones que le acuerda la ley de Fomento Agrícola y el derecho común, y sin perjuicio de los establecido en Artículo Octavo de este contrato.

QUINTO: LA SEGUNDA PARTE se compromete durante el término del presente contrato, a mantener en buen estado el vehículo otorgado en prenda arriba descrito y permitirá que LA PRIMERA PARTE periódicamente revise el mismo a fin de determinar la condición en que se encuentra.

SEXTO: En caso de demora en el cumplimiento de la obligación de pago contraída por LA SEGUNDA PARTE, ésta se compromete y obliga a pagar en provecho de LA SEGUNDA PARTE, como cláusula penal y a titulo compensatorio, un interés adicional del orden del _________ por ciento (_____ %) mensual, calculado sobre la cuota de pago vencida y pendiente de pago, por cada mes o fracción de mes de retraso, todo ello sin necesidad de puesta en mora, ni de ninguna otra formalidad judicial o extrajudicial.

SÉPTIMO: Queda expresamente convenido entre las partes que la falta de pago de LA SEGUNDA PARTE de una cualquiera de las cuotas a cuyo pago están obligados en las fechas fijadas al efecto o en caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contraídas mediante este contrato, permitirá a LA PRIMERA PARTE sin necesidad de ponerlo en mora, ni de ninguna otra formalidad judicial o extrajudicial, exigir el pago total del préstamo en capital, comisiones, intereses convencionales y la pérdida del término establecido en virtud de este contrato y la exibilidad de todas las obligaciones, aún las no vencidas, que LA SEGUNDA PARTE haya contraído con LA PRIMERA PARTE, y en consecuencia, la prenda consentida podrá ser ejecutada de conformidad con la ley, sin necesidad de aguardar el vencimiento del término estipulado en este contrato.

OCTAVO: LA SEGUNDA PARTE por medio del presente contrato se compromete a contratar, mantener y endosar una póliza de seguro a favor de LA PRIMERA PARTE, que asegure el vehículo dado en prenda contra todos los riesgos de responsabilidad civil, daños a la propiedad ajena, colisión y vuelvo, incendio y robo, y de pasajeros o un seguro, simple por la suma adeudada. De igual forma, LA SEGUNDA PARTE se compromete y obliga a mantener vigente dicha póliza de seguro, hasta el pago total y definitivo del préstamo que mediante el presente contrato le es concedido.

PARRAFO I: LA PRIMERA PARTE, en caso de considerarlo conveniente para seguridad y garantía de su crédito, tendrá la potestad de contratar y renovar la póliza de seguro de que trata este artículo en nombre, representación y a cuenta de LA SEGUNDA PARTE. En este caso, LA SEGUNDA PARTE se compromete a pagar a LA SEGUNDA PARTE conjuntamente con la cuota mensual de que trata el artículo segundo de este contrato, el monto correspondiente a la prima de seguro así contratado o renovada.

NOVENO: Para mayor seguridad del crédito otorgado, LA SEGUNDA PARTE se compromete a no transferir el vehículo antes descrito, hasta el pago total y definitivo del préstamo que mediante el presente contrato es concedido. En consecuencia, LA SEGUNDA PARTE autoriza a LA PRIMERA PARTE a comunicar a la Dirección General de Impuestos Internos el contenido de este contrato para que dicha Dirección General expida un certificado de propiedad de origen o matricula donde se consigne la "INTRANSFERIBILIDAD" del vehículo dado en prenda, de conformidad con las disposiciones del artículo 3, letra c); Artículo 4, letra b) y el Artículo 19, Inciso 5to., de la ley No. 241, Sobre Transito de Vehículo, de fecha 28 de diciembre de 1967, y sus modificaciones.

DÉCIMO: LA SEGUNDA PARTE consiente que el presente contrato sea inscrito en los registros que a tales fines mantiene el juzgado de paz de la Circunscripción del Distrito Nacional. Asimismo, las partes expresamente hacen constar que conocen el Artículo 204 de la Ley No. 6186 sobre Fomento Agrícola de fecha 12 de febrero de 1963 y que por lo tanto conforme al mismo reconocen y consienten en suscribir el presente contrato bajo firma privada ante la presencia de un Notario Público quien legalizará las firmas puestas en el mismo. Este contrato una vez depositado en el Juzgado de Paz correspondiente tendrá todos los efectos y consecuencias establecidas en la ley de Fomento Agrícola.

DÉCIMO-PRIMERO: Para la ejecución y todo lo relativo al presente contrato las partes elige domicilio de la siguiente forma:

LA PRIMERA PARTE en su asiento social y oficina principal en _________________ situado en la intersección de las Avenidas _____________, en la ciudad de _________________.

LA SEGUNDA PARTE, _____.

HECHO Y FIRMADO en tres originales, uno para cada una de las partes y otro para ser inscrito en el Juzgado de Paz de la ____________, en la ciudad de _____________, República Dominicana, a los _____________ ( ) del mes de _____________ del año _____________. 

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LA PRIMERA PARTE                                   LA SEGUNDA PARTE