Conceptos de Criminología, Criminalidad y Criminalística
En el léxico corriente se entiende por
criminología al estudio de la criminalidad, y por esta, por criminalidad, a la
catalogación de la posesión personal de la “calidad” de criminal, como
igualmente al conjunto de los hechos criminales ocurridos en un medio
determinado, es decir, a la estadística de los crímenes cometidos en un lugar y
tiempo dados.
Mas técnicamente, la Criminología es la ciencia
penal cuyo primordial objeto consiste en la explicación de la criminalidad y de
la conducta delictiva, con el propósito de lograr un mejor entendimiento de la
personalidad del delincuente y la adecuada aplicación de una política criminal
que contemple al crimen como un problema individual y social, conozca las
causas, móviles y orígenes del delito, procurando su prevención eficaz, como así
la asistencia y el tratamiento apropiado – terapéutica criminal – para la
recuperación y resocialización del transgresor, sin perjuicio del empleo útil
de las sanciones penales.
El concepto que precede denota que en un
sentido amplio la criminología es una ciencia especulativa, de examen o estudio
teórico, pero asimismo ciencia practica de aplicación de sus principios
empíricos y experimentales como cumplimiento de un deber social y moral
En apretada síntesis el concepto puede
restringirse, o ceñirse a decir que la Criminología es la ciencia socio-penal
que trata de los plurales fenómenos de la criminalidad. A su vez, la criminalidad es la circunstancia o
el conjunto de circunstancias negativas y nocivas que hacen que una acción sea
contraria a la paz y a la posibilidad de convivencia, tornándose por ello
hostigante y lesiva del orden social, resultando criminosa.
Pero también, como ya se señaló en el primer
párrafo de este parágrafo, la criminalidad es entendida como expresión del número
de crímenes cometidos en un territorio determinado, en un periodo puntualizado
– estadística criminal-.
En esta última acepción, la criminalidad queda
íntimamente vinculada a la Criminalística, que es la disciplina que tiene por
finalidad el descubrimiento del delito que se ha cometido y la prueba de cómo,
donde, cuando y quien lo consumó, como los móviles que impulsaron al autor a
realizarlo, a fin de imponer la sanción justa.
La criminalística se vale, modernamente, de múltiples
ciencias y artes, útiles para avalar la comprobación del ilícito (tales como,
entre otras, la medicina legal, la química, la física, la mecánica, la
balística), muy especialmente, de la antropometría y de la dactiloscopia, o
identificación por las huellas dactilares.
En definitiva, la Criminalística es considerada
como una disciplina penal auxiliar que, integrándose a la Criminología,
mantiene su autonomía técnica, sin perjuicio de servirse de otras ciencias,
artes y conocimientos –según lo acabamos de decir en el párrafo anterior-, con
método propio, particularmente en la pesquisa delictiva, policial y judicial, colaborando
con su quehacer al correcto y eficiente desenvolvimiento del proceso penal, en
procura de verdad y justicia.
A los fines del esclarecimiento de los hechos
delictivos, la Criminalística comienza su función pesquisante –invariablemente
por el mandato legal de los Códigos procesales a los funcionarios policiales, ministerio
fiscal y a los jueces de instrucción- desde el mismo momento en que se toma
conocimiento de la comisión de un ilícito, inspeccionando y recogiendo todos
los vestigios, rastros y huellas dejados en la misma escena del crimen
1.2 Criminología y El Derecho Penal
El Derecho Penal, con sus normas positivas –ius
penale-, se erige en el regulador (por intermedio del Estado, único natural
titular del ius puniendi –ejercicio del derecho a castigar-) de las conductas
humanas en sus interferencias intersubjetivas.
El Derecho penal constituye una de las fuentes
de la criminología, ya que es a partir de su aplicación como medio de control
social, que se pueden estudiar los delitos y los delincuentes. Sin embargo, las ideas de autores con Von
Liszt, reflejan que la criminología es la que debe dar luz sobre los datos que
permitirían una mejor formulación de las reglas positivas.
La distinción entre el derecho penal y la
criminología estriba en que el primero es una ciencia normativa, que se
interesa en las penas y en las normas jurídicas relativas a la penalidad y la
segunda, es una ciencia empírica que se inclina sobre el estudio del fenómeno
criminal, es decir, sobre los hechos y las personas a las cuales se refieren
las normas jurídico-penales. Por
ejemplo, el derecho atiende por que la pena de un robo con violencia sobre las
personas es de dos a ocho años y no de uno a seis años como si se aplica en el
robo con violencia sobre las cosas; mientras a la criminología le interesa
analizar cuáles son los datos o las tendencias reales de orden empírico o
cuales podrían ser los factores ambientales, sociales, individuales, entre otros,
que promueven que tal hecho suceda.
1.3 Criminología Dominicana
En la República Dominicana la criminología no es
una profesión, sino una disciplina que se ha invocado, casi siempre, para
apellidar a otras ramas de las ciencias penales, que en el particular medio
judicial sirve de talón a quienes se ufanan cuando de derechos humanos y de
justicia penal se trata. Todos estamos informados en cuanto a la criminología,
pero de lo que se trata es de estar formado, de poseer una acreditación
universitaria.
Aunque, ella ha sido la fuente donde han abrevado todos los grandes del derecho penal del país, y eso incluye a la nueva generación de verdaderos abogados con que contamos hoy.
El auge alcanzado por la criminología profesional
en otros países, se ha logrado gracias a una verdadera síntesis metodológica,
aplicable al conjunto de los problemas llamados "criminales", y a
cada uno de los fenómenos de la violencia social y común, siendo decisivo en la
búsqueda de soluciones al problema del delito y de la delincuencia; en la
República Dominicana, se le ha dado un trato de un saber fragmentado y parcial,
siendo considerada como "glosas" de las manifestaciones violentas en
todos sus aspectos que hemos señalado, de por sí fundamentales.
Es una ciencia tardía entre nosotros: Un nuevo movimiento científico está permitiendo su resurrección en cuanto a los nuevos bríos del estudio formal de la criminología como ciencia que no se soporta ya como doctrina, y que se prepara para la acción. El acento ha sido puesto, ahora, en completar la obra de los fundadores de la criminología y orientarse a la institucionalización de las actividades criminológicas.
En el año de 1940, con la celebración del Primer Congreso de Procuradores llevado a efecto en Santo Domingo, Ciudad Trujillo, los días 15, 16 y 17 de agosto, marcando así el nacimiento de la criminología en nuestro país. Allí surgieron las primeras voces que alertaron sobre las incipientes teorías criminológicas europeas. Pero dos egregias figuras se dieron cita en aquel evento, interesan: Don Constancio Bernaldo de Quirós, que asistió como único invitado de honor y extranjero y don Freddy Prestol Castillo, al presentar su informe sobre la criminalidad en la región del Este.
Era, en realidad, el primer documento de criminología
dominicana. Más tarde, surgirían los aportes de un catedrático lúcido, un
autodidacta singular, consagrado a la enseñanza universitaria de la
criminología, al derecho penal; él compendiaría las ideas más actualizadas del
momento criminológico y el nivel alcanzado en sus trabajos lo colocan como el
más destacado de todos los autores nacionales; nos referimos a la figura
egregia de Don Leoncio Ramos Jerez (Cotuí, 1894-1971), quien con sus notas
eruditas de la criminología positivista, debería ostentar entre nosotros la
paternidad de la criminología dominicana.
Esta distinción se ha señalado, en más de una
vez, aunque no de manera oficial. Debemos
aquí y ahora, poner las cosas en claro: El precursor de la criminología
dominicana es, sin dudas, don Constancio Bernaldo de Quirós, por haber traído
la criminología a nuestro país, poco antes de 1939. Fue el catedrático
auténtico que nos iluminó con su aura de maestro y erudito.
El lugar de pionero o de los precursores de la
criminología nacional corresponde al abogado distinguido que fue Don Freddy
Prestol Castillo, por haber publicado su archiconocida monografía ya citada; y
finalmente espero es a don Leoncio Ramos –a quienes sus discípulos consideran
el más eminente criminólogo del país–; a quien debemos adjudicar la dignidad de
fundador de la criminología: el padre de la criminología dominicana.
Pero sobre ese particular, Leoncio Ramos no ha sido reconocido como el padre legítimo de la criminología dominicana; era él, el "jinete armado de la ley" que consagró toda su vida a la criminología: "un terco Quijote cuyos frutos criminológicos, hoy celebramos".
Pero sobre ese particular, Leoncio Ramos no ha sido reconocido como el padre legítimo de la criminología dominicana; era él, el "jinete armado de la ley" que consagró toda su vida a la criminología: "un terco Quijote cuyos frutos criminológicos, hoy celebramos".
Sin embargo, es escaso el conocimiento de las
obras de estos tres maestros y casi desconocida por las generaciones de hoy. Y
es lamentable, porque, tocó a ellos ser los precursores de introducir al país
no sólo las modernas teorías de la criminología y el derecho penal, junto a
figuras como Lombroso, Garraud, Luis Jiménez de Asúa, Mariano Ruiz Funes, entre
otros, sino aquellas ideas que sobresalieron gran parte del pensamiento
europeo, dentro de los cuales llegaban a nuestro medio los autores y las
teorías que se estaban desarrollando ultramar.
En sus estudios de criminología era lógico que se aceptaran las ideas de César Lombroso, Edmundo Mezger y Ernst Exner, pero paulatinamente los estudios legado por estas tres figuras, en sus diferentes contextos, estuvieron influenciadas por un contexto intelectual más amplio.
Además de estos tres evangelistas de nuestra criminología, las publicaciones de literatura criminológica dominicana cada vez más se engrandecen y ganan vigencia; eso se ha echado de ver en la labor de los investigadores abogados. Muchos son los nombres, porque muchos de ellos fueron sus alumnos y sus discípulos. Tales son los juristas de los grandes casos penales, Artagnan Pérez Méndez, Ramón Pina Acevedo e hijo, Marino Vinicio Castillo; en la docencia, Héctor Dotel Matos y Cabral Ortega, entre otros. Pero la lista es extensa.
Actualmente ha surgido un interés mayor, todo un movimiento teórico científico denominado Pensamiento Criminológico Dominicano, que ha tenido el acierto de completar el esfuerzo científico iniciado por estos tres clásicos maestros de la criminología criolla, continuando con la publicación de las obras legadas por ellos; y en el interés emergente de ver, en primer lugar, el problema criminal en función de la criminología profesional, urge de convocar a todos los autores que se están animando a escribir sobres estos asuntos, a que puedan publicar sus trabajos a través de este movimiento.
Este es el momento de la criminología. Una mayor acción profesional se está demandando de los criminólogos cualificados; en estos tiempos, en que hay que adecuar un modelo de Ministerio Público. En cuanto a que los fines teóricos que ha perseguido históricamente la criminología, pues, deben considerarse nuevamente la necesidad de ejercitarlos en las aulas de las universidades, en los institutos de investigaciones criminales, en los departamentos de criminología (aún no los hay), y con ellos ir logrando una mayor toma de conciencia de la cuota de compromisos profesionales de los implicados en esta área del sable judicial.
Aunque no hemos sido educados para luchar contra la cultura de violencia que nos agobia –a través los vicios de la ciudad y los factores corruptores– , no podemos negar la evolución que se ha estado suscitando en nuestra criminología. Pero la iniciativa que conviene a la sociedad dominicana es la que va a emanar del Estado, que no ha podido satisfacer las necesidades del problema, mediante la creación de un órgano público de estudio de la criminalidad que centralice todas las actuaciones que puedan ser más o menos eficaces en materia de la llamada política criminal (en la que actúan dos elementos necesarios e imprescindibles: la estadística y la legislación penal científica).
En la lucha frente a la criminalidad nos ha hecho falta la coordinación y la organización de la investigación criminológica, ahora bien, es claro que dicha competencia debe recaer en la apertura de un Instituto Nacional de Criminología, tal como fuera fundado en el año de 1942 en Santo Domingo, siguiendo los lineamientos de la época de estudiar al delincuente según los postulados del positivismo europeo; aunque en el año de 1987, varias décadas después surge una institución parecida, adscrita a la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD). Sería de más valor si eso lo hubiera llevado a cabo el Ministerio Público. Porque es al gobierno central a quien toca organizar dicho Instituto.
1.4 Victimología
La victimología es el estudio de las causas por
las que determinadas personas son víctimas de un delito y de cómo el estilo de
vida conlleva una mayor o menor probabilidad de que una determinada persona sea
víctima de un crimen.
El campo de la victimología incluye o puede
incluir, en función de los distintos autores, un gran número de disciplinas o
materiales, tales como: sociología, psicología, derecho penal y criminología.
El estudio de las víctimas es multidisciplinar
y no se refiere solo a las víctimas de un delito, sino también a las que lo son por consecuencias de accidentes
(trafico), desastres naturales, crímenes de guerra y abuso de poder. Los profesionales relacionados con la victimología
pueden ser científicos, operadores jurídicos, sociales o políticos.
El estudio de las victimas puede realizarse
desde la perspectiva de una víctima en particular o desde un punto de vista
epistemológico analizando las causas por las que grupos de individuos son más o
menos susceptibles de resultar afectadas
Desde el punto de vista médico-forense, la victimología
se preocupa del estudio de las siguientes cuestiones:
1.
Los factores de riesgo por los que una persona
puede convertirse, con más frecuencia que otras, en una víctima (Victimización
primaria).
2.
El posible papel que desempeña la víctima en el
desencadenamiento de la acción delictiva.
3.
Las secuelas, especialmente del tipo
psicopatológico (victimización secundaria), que puede sufrir la víctima y que
requieren atención médica (aparte la indemnización correspondiente).
1.5 Criminología Práctica o Criminalística
La criminalística, como sigue señalando Pinatel
(1984), a menudo, puede ser confundida con la criminología y aunque se desprendió
de la criminología, como lo señala su fundador Hans Gross, hoy se asocia más a
una ciencia anexa al derecho penal que a la criminología. La criminalística se apoya o busca más el
proceder de los hechos y como gravitan alrededor del establecimiento de la
materialidad del delito, es decir el como ocurrió y no porque ocurrió;
propiamente busca las pruebas de la infracción.
La criminología se inclina hacia las
precauciones contra el ataque del crimen (por decir-lo de alguna manera) y la
criminalística contra el criminal; en razón de ello es mas de carácter policial
y aquí se incluyen las investigaciones de balística, patología forense, de
laboratorios, etc. Por ejemplo, la
criminalística buscará a qué distancia o dirección le dispararon a la víctima y si corresponde esa bala a una
determinada arma, mientras que la criminología estudia cuantas veces ocurren
estos acontecimientos y por qué ocurren